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Debido a la libre circulación de personas y capitales dentro de la Unión Europea, las herencias transfronterizas son hoy en día cada vez más frecuentes. Para determinar si una herencia debe tributar en Alemania, en España o en ambos Estados, deben tenerse en cuenta diversos factores, como por ejemplo la residencia del causante.

 

Existe una sucesión transfronteriza cuando los bienes hereditarios se encuentran repartidos entre distintos Estados o cuando el causante y los herederos residen en países diferentes. Aunque actualmente una parte importante de las herencias presenta este elemento internacional, existen muy pocos convenios para evitar la doble imposición específicamente referidos al Impuesto sobre Sucesiones. Entre España y Alemania, por ejemplo, no existe actualmente un convenio bilateral específico sobre este impuesto, por lo que ambos Estados determinan de forma independiente cuándo existe obligación tributaria en su territorio.

 

¿Quién debe pagar el impuesto y dónde?

Tanto en España como en Alemania, el sujeto pasivo del Impuesto sobre Sucesiones es, con carácter general, el heredero. Para determinar si la herencia debe tributar en Alemania, en España o en ambos Estados, deben analizarse factores como la residencia del causante, la residencia del heredero y la naturaleza o localización de los bienes heredados. La obligación tributaria puede surgir tanto por circunstancias personales del contribuyente como por la vinculación de determinados bienes con el territorio correspondiente.

a) En virtud de la obligación personal, el heredero residente fiscal en España puede quedar sujeto al impuesto por la totalidad de los bienes y derechos adquiridos, con independencia de dónde se encuentren situados. Para determinar si existe residencia fiscal en España deberán aplicarse los criterios legales correspondientes. La normativa autonómica aplicable dependerá de los puntos de conexión establecidos por la legislación vigente y de las circunstancias concretas de la sucesión.

impuestos obligación personal

 

 

 
 

b) La obligación real se aplica, con carácter general, a los herederos no residentes en España respecto de los bienes y derechos situados o ejercitables en territorio español. En estos casos, la tributación española queda limitada a dichos bienes o derechos. La Comunidad Autónoma cuya normativa resulte aplicable se determina conforme a los puntos de conexión previstos legalmente, teniendo en cuenta, entre otros factores, la residencia del causante y la localización de los bienes.

Entre los bienes y derechos vinculados a España pueden encontrarse inmuebles, determinados bienes muebles y derechos relacionados con bienes situados en España, así como ciertos seguros de vida. Los impuestos satisfechos en España pueden, en determinados casos y conforme a la normativa alemana aplicable, ser tenidos en cuenta para evitar o reducir la doble imposición internacional.

impuestos obligación real

Si una persona alemana residente en España transmite mortis causa un inmueble situado en España a descendientes residentes en Alemania, dicho inmueble puede quedar sujeto al Impuesto sobre Sucesiones español. Si el inmueble se encuentra en Alemania, la tributación deberá analizarse conforme a la normativa alemana. En determinados supuestos, el impuesto satisfecho en España puede computarse a efectos de evitar la doble imposición en Alemania. Dado que los inmuebles representan con frecuencia una parte sustancial de la herencia, una planificación sucesoria y fiscal adecuada puede contribuir a reducir la carga tributaria global.

 

  

¿Cuándo debe pagarse el impuesto en España?

El Impuesto sobre Sucesiones español debe presentarse, con carácter general, dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento del causante. En herencias con inmuebles es frecuente que los herederos no dispongan de liquidez suficiente para afrontar inmediatamente toda la deuda tributaria, por lo que puede resultar posible solicitar aplazamientos o fraccionamientos en los términos previstos legalmente. También puede solicitarse, dentro del plazo correspondiente, una prórroga para la presentación. La falta de presentación o pago en plazo puede dar lugar a recargos, intereses y, en su caso, sanciones conforme a la normativa vigente.

plazo de liquidación del impuesto

 

La residencia fiscal

Para las sucesiones con conexión con España, la residencia fiscal puede resultar especialmente relevante porque la normativa autonómica aplicable puede variar en función de los puntos de conexión previstos por la ley. La carga del Impuesto sobre Sucesiones difiere considerablemente entre Comunidades Autónomas, ya que cada una establece sus propias reducciones, bonificaciones y beneficios fiscales dentro del marco legal aplicable.

Las diferencias entre Comunidades Autónomas pueden ser muy significativas. Algunas prevén bonificaciones muy elevadas para determinados grupos de parentesco, mientras que otras aplican reducciones o bonificaciones distintas. Por ello, la tributación concreta debe calcularse siempre conforme a la normativa autonómica vigente en la fecha del fallecimiento y atendiendo al parentesco, patrimonio preexistente y demás circunstancias relevantes del heredero.

 

 
 
Planificación anticipada

Aunque la tributación varía entre Comunidades Autónomas, existen mecanismos de reducción y planificación que pueden aprovecharse cuando se cumplen los requisitos legales. Una planificación del Impuesto sobre Sucesiones realizada con suficiente antelación puede contribuir a optimizar la carga fiscal de la futura sucesión.

En materia de fiscalidad internacional, la normativa española ha evolucionado para evitar diferencias de trato incompatibles con el Derecho de la Unión Europea entre residentes y determinados no residentes. Como consecuencia de la jurisprudencia europea y de las posteriores reformas legales, los no residentes pueden tener acceso, en los supuestos previstos por la ley, a la normativa y a los beneficios fiscales de las Comunidades Autónomas. Por ello, la planificación sucesoria resulta relevante tanto para residentes en España como para personas residentes en el extranjero que posean bienes en España.

Una planificación adecuada permite aprovechar de forma óptima los beneficios fiscales existentes y reducir la carga tributaria dentro del marco legal. Encontrará más información en el artículo: "Planificación fiscal de la herencia en España".

 

 

Desde nuestro despacho estaremos encantados de analizar su situación concreta, realizar las gestiones administrativas necesarias y asistirle en la presentación de las correspondientes declaraciones tributarias. Si desea ampliar información o tiene alguna consulta concreta sobre esta materia, puede ponerse en contacto con nosotros por correo electrónico o por teléfono.

 

Autor: 

Christoph Sander
Abogado & Asesor fiscal
CEO, socio, director fiscal
info@sspartners.es
Tel: (+34) 951 12 13 06

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