En España existen dos formas principales de trabajar. Por un lado, como trabajador por cuenta ajena (por cuenta ajena) y, por otro, como trabajador por cuenta propia (autónomo). Los ciudadanos alemanes, al igual que los demás ciudadanos de la Unión Europea, están sujetos a las mismas condiciones que los ciudadanos españoles y, por tanto, deben cumplir los mismos requisitos.
Con carácter general, puede comenzar su actividad laboral en cualquier momento. No obstante, para evitar problemas al iniciar su relación laboral, es recomendable realizar previamente los siguientes trámites administrativos:
1. Solicitud del N.I.E. El N.I.E. es el Número de Identidad de Extranjero en España, similar al número del documento nacional de identidad español, y es necesario para realizar prácticamente cualquier trámite administrativo. En el siguiente artículo encontrará información detallada sobre cómo solicitar su N.I.E.: ver artículo
2. Inscripción en el padrón municipal de habitantes en España: ver artículo
3. Solicitud del número de la Seguridad Social española. Puede solicitar personalmente la asignación de su número de la Seguridad Social ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente a su lugar de residencia. Si dispone de firma electrónica, también puede realizar este trámite cómodamente desde casa a través de la página web de la Seguridad Social: Enlace
4. Una vez que comience a trabajar, su empleador procederá a darle de alta en la Seguridad Social utilizando su número de la Seguridad Social. A partir de ese momento, tendrá derecho a las mismas prestaciones de la Seguridad Social que cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Para poder acceder, por ejemplo, a la asistencia sanitaria, es recomendable realizar los trámites necesarios para obtener la correspondiente tarjeta sanitaria.
Información útil:
Con la firma electrónica puede realizar cómodamente desde casa numerosos trámites administrativos ante la Seguridad Social, los servicios de empleo o la Agencia Tributaria. En relación con el inicio de una relación laboral, puede, por ejemplo, descargar su informe de vida laboral, en el que podrá comprobar si su empleador le ha dado correctamente de alta en la Seguridad Social o si, por el contrario, la relación laboral no ha sido debidamente declarada. Enlace Vida Laboral
Desde nuestro despacho estaremos encantados de analizar su situación particular y representarle tanto ante las administraciones españolas como frente a su empleador y ante los tribunales españoles. Si desea obtener más información o tiene alguna consulta concreta sobre este tema, puede ponerse en contacto con nosotros por correo electrónico o por teléfono.
Autor:
Christoph Sander
Abogado & Asesor fiscal
CEO, socio, director fiscal
info@sspartners.es
Tel: (+34) 951 12 13 06
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